SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0290/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0290/2003-R

Fecha: 11-Mar-2003

III.5

III.5          De otro lado no pueden aplicarse ni el art. 23 del Reglamento General del Concejo Municipal de Cotoca ni la Ordenanza Municipal 01/2001 invocada por el Tribunal de amparo teniendo en cuenta el art. 228 CPE que la consagra como ley suprema, es decir que encabeza la jerarquía normativa a la que deben subordinarse las otras normas como son las leyes y demás resoluciones, por ser la “ley suprema del ordenamiento jurídico nacional”, según lo dispone el citado precepto constitucional, más aún si tales disposiciones  resultan, como en el presente caso, vulnerando derechos fundamentales como el de ejercer la función pública y el de la seguridad jurídica a los que se refieren los arts. 40.2 y 7.a) CPE.