Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0290/2003-R
Fecha: 11-Mar-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con el siguiente fundamento: 1) la secuencia de designaciones en la Municipalidad de Cotoca establece que la elección de la Directiva del Concejo Municipal es sólo por un año, cual se observa en la Resolución Municipal 001/2002, firmada por el propio recurrente, por lo que el Tribunal de amparo considera que sería un desconocimiento de sus propios hechos y determinaciones el impedir la elección de la nueva Directiva del Concejo Municipal para la gestión 2003.