SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2003-R

Fecha: 17-Mar-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En   la   demanda   presentada   el  6 de  enero de 2003 (fs. 1-2), los recurrentes manifiestan que el 3 de enero del presente año, el Juez Cautelar Nº 2 dispuso la cesación de su detención preventiva y una vez cumplidas las medidas sustitutivas expidió los correspondientes mandamientos de libertad el 4 de enero de 2003 en horas de la mañana, mandamientos que fueron recibidos personalmente por la autoridad recurrida a horas 12:30, de parte de dos funcionarios judiciales y de sus progenitores, a quienes les indicó que retornaran a horas 16, momento en que el indicado Gobernador salió por lo que tuvieron que esperar su regreso hasta las 18,45; empero a esa hora, no obstante la petición de su abogada de que los dejara libres porque la detención había quedado sin efecto, la autoridad recurrida se negó a cumplir los mandamientos, argumentando que debía conversar en la noche con el Juez de Ejecución Penal y que la libertad se concretaría recién el día lunes, al ser un día hábil.