Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2003-R
Fecha: 17-Mar-2003
II.4. Mediante Informe DGRPS 070/03 de 27 de febrero
II.4. Mediante Informe DGRPS 070/03 de 27 de febrero, la Directora General del Régimen Penitenciario y Supervisión del Ministerio de Gobierno hizo conocer que todo mandamiento de libertad emanado de autoridad jurisdiccional competente debe ser ejecutado en el día, sin ninguna salvedad ni argumento administrativo en contrario, procediéndose de igual manera los días sábados, domingos y feriados en cumplimiento de las normas constitucionales y legales sobre la materia (fs. 100).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente parcialmente
- 1.2.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.4. Mediante Informe DGRPS 070/03 de 27 de febrero
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “[...]el Gobernador de Chonchocoro,
- III.3.
- III.4.