Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2003-R
Fecha: 17-Mar-2003
procedente parcialmente
La Resolución de 7 de enero de 2003 (fs. 17-18), de acuerdo con el requerimiento fiscal, declaró procedente parcialmente el recurso, sin responsabilidad por ser excusable, advirtiendo al recurrido que debe cumplir las determinaciones de autoridad competente en los términos que son expedidos y sin mayor demora, fundándose en que los mandamientos de libertad no fueron ejecutados en el día y menos “inmediatamente” como ordena el texto de los mismos, sino que recién fueron ejecutados el lunes 6 de enero a horas 11 y siguientes, lo que constituye una prolongación indebida de la privación de libertad que afecta los derechos de los recurrentes y viola el art. 39 LEPS.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente parcialmente
- 1.2.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.4. Mediante Informe DGRPS 070/03 de 27 de febrero
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “[...]el Gobernador de Chonchocoro,
- III.3.
- III.4.