Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0358/2003-R
Fecha: 25-Mar-2003
II.4. Apelado el fallo
II.4. Apelado el fallo por ambos denunciados, el Consejo de la Judicatura, conformado por Armando Villafuerte Claros, María Teresa Rivero de Cusicanqui y Guido Chávez Méndez, lo confirmó mediante Resolución 144/2002 de 29 de agosto (fs. 27 y 28), aclarando “que la sanción impuesta a Zulma Cavero Alvarado se la realiza en aplicación del art. 3º del Reglamento de Procesos disciplinarios y la cláusula quinta del Contrato de Prestación de Servicios de Beca Trabajo” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- 20 de junio de 2002 dispuso la investigación previa
- II.3.
- II.4. Apelado el fallo
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “...
- las funciones para las que son contratados son permanentes
- En ese sentido, es inaplicable el art. 3 del Reglamento de Procesos Disciplinarios
- III.3.
- sin embargo, no puede declararse la procedencia de este recurso por tal motivo, en razón a dos factores: el primero,
- , APRUEBA