SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0358/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0358/2003-R

Fecha: 25-Mar-2003

las funciones para las que son  contratados  son permanentes

            A partir de dicha Resolución, se debe considerar a los funcionarios judiciales contratados a plazo fijo mediante contratos de beca-trabajo, como cualesquier funcionario del Poder Judicial, con los derechos y obligaciones que la normativa citada le acuerdan, ya que, además, las funciones para las que son  contratados  son permanentes, inherentes a la actividad judicial cotidiana en general, a diferencia de las actividades eventuales que pueden presentarse fuera de las funciones inmanentes a la  jurisdiccional.