SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0379/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso y declara la nulidad de la Resolución Municipal 244/2002 de 3 de diciembre, con los siguientes fundamentos: 1) el principio de buena fe se ve afectado por la conducta pasiva y omisiva del Concejo Municipal de El Alto por cuanto la ampliación de plazo que estableció debió ser otorgada a favor del propio Concejo Municipal y no así en beneficio de sus comisiones, conforme al art. 12 numeral 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM); 2) precluyó la atribución del Concejo Municipal para referirse al contrato remitido por EMALT, al haber emitido la resolución de rechazo fuera del plazo de quince días previsto por Ley, afectando a la seguridad jurídica y al debido proceso de la empresa recurrente.