SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2003- R
Fecha: 26-Mar-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita tutela a sus derechos de no ser privado de la libertad sin el previo cumplimiento de las formalidades legales, a la locomoción, a la presunción de inocencia y a la defensa, previstos en los arts. 6, 7-g), 9-I-II y 16-I-II CPE, denunciando que los mismos han sido vulnerados por las recurridas ya que por una parte la Fiscal recurrida le ha incomunicado sin cumplir las formalidades legales previas y por un tiempo superior al legal, que pese a haber presenciado su aprehensión directa sin que exista flagrancia ha informado que tomó conocimiento mucho después para salvar la omisión de no haberlo puesto en el plazo legal ante la autoridad jurisdiccional, la cual debió ser la que tiene asiento en la localidad de Bermejo donde fue aprehendido y no la recurrida con asiento en la ciudad de Tarija. Que por su parte la co-recurrida indebidamente no sólo que ha ratificado la incomunicación sino también ha ordenado su detención preventiva en base únicamente a las aseveraciones de la co-recurrida. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de Amparo corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.