Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0395/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
a)
El abogado de los recurrentes ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: a) que la construcción se ciñó a los planos aprobados y que la piscina la convirtieron en terraza por falta de recursos económicos; b) en la parte inferior de la fachada se construyó un cerramiento provisional para evitar los vientos y para que funcione un restaurant como estructura que puede ser removida.