Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0395/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
III.1
III.1 El art. 19 CPE así como el art. 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establecen el amparo constitucional como una garantía para la protección de derechos constitucionales cuando son amenazados, restringidos o suprimidos ya sea por un acto ilegal o una omisión indebida, de modo que cuando se plantea este recurso, a la jurisdicción constitucional le cabe examinar los hechos que constituyen los actos ilegales u omisiones indebidas denunciados, y verificar si realmente los derechos y garantías bajo el ámbito de su protección han sido lesionados.