SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0395/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0395/2003-R

Fecha: 26-Mar-2003

III.3

III.3  Que en el caso presente, los recurrentes acudieron al órgano ejecutivo de la Alcaldía Municipal buscando la aprobación de plano para al construcción de un edificio en el lote de terreno de su propiedad, efectuaron su trámite en las secciones correspondientes de una Administración Municipal  legítima y la nueva Administración Municipal, lejos de respetar los efectos legales del acto administrativo, a más de 5 años de ser autorizada la construcción cuestiona los planos aprobados y somete a los recurrentes a un Proceso Técnico Administrativo que termina por conminar a los recurrentes al pago de una cuantiosa multa y a la demolición de parte de la construcción, atentando contra la seguridad jurídica garantizando por el art. 7.a CPE, por lo que corresponde otorgarles la tutela.