SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2003-R

Fecha: 31-Mar-2003

II.3.

II.3.  El Auto de Vista de 29 de noviembre de 2001 (fs. 70), resolvió la apelación formulada contra la Resolución de 6 de julio de 2001 por Edgar Salvatierra Padilla  -pieza que no se encuentra en el expediente de hábeas corpus- por el que la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, revocó el Auto objeto de alzada y dispuso que el Juez instruya se practique nueva liquidación deduciendo siete meses de asistencia familiar que es el tiempo que las hijas habrían vivido con el  obligado.