SENTENCIA CONSTITUCIONAL 334/2003-R
Fecha: 19-Mar-2003
II.2 El 23 de septiembre de 2002
II.2 El 23 de septiembre de 2002, el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes emitió la convocatoria concurso y reglamento para optar al cargo de Director de Unidad Educativa Urbana, dividido en dos fases: La primera, de acreditación de los Directores que fueron designados conforme al art. 228 del Código de Educación anterior, quienes debían presentarse ante el Comité de Acreditación, para que dicho Comité verifique entre otros puntos, que el docente ejerció sus funciones de Director sin interrupción y no ocupó otros cargos, excepto el de Supervisor hasta 1994, para ser ratificado en su cargo previa constatación por el Ministerio, caso contrario, podían inscribirse al concurso enviando su ficha; La segunda, de postulación al Concurso, estableciendo una serie de requisitos más el procedimiento a seguirse (fs. 1).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- II.1
- II.2 El 23 de septiembre de 2002
- II.4
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- que en la misma se señalan las condiciones y requisitos que deben cumplir los postulantes para optar ó en su caso para mantenerse en el cargo de Director, de acuerdo al nuevo sistema de personal en cuanto se refiere a la carrera de educación
- III.2
- Fragmento 15
- III.3