Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0466/2003- R
Fecha: 09-Abr-2003
II.3
II.3 Que ante la respuesta al traslado de fs. 233 y 234 del expediente original, por parte del Liquidador de FOPEBA en sentido de era aplicable la RS 1303, el Juez dictó el Auto de 14 de agosto de 2002 -que cursa a fs. 540 del expediente original y cuya nulidad también se solicita- desestimando los memoriales referidos y corrientes de fs. 525 a 527, manteniendo firme y subsistente el decreto de fs. 513 vta. del expediente original, con el fundamento de que se pretendía alterar fallos con calidad de cosa juzgada como el que reguló los honorarios y el decreto que dispuso la retención (fs. 538). Con dicha resolución no cursa notificación alguna.
- recurso de
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Iván Campero Villalba, Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7 Q
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- el representante de la UMSA no interpuso recurso alguno,
- Fragmento 18
- III.3
- REVOCA