SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0466/2003- R
Fecha: 09-Abr-2003
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz declaró procedente el recurso con el fundamento de que la “... autoridad recurrida no ha respetado el derecho al debido proceso y a la legítima defensa que debió otorgar el recurrente conforme al art. 16 de la Constitución Política del Estado en igualdad jurídica de las partes, desde la solicitud de fs. 511 hasta la retención de Bs.204.595.08 y posteriormente de otras retenciones, en aplicación errónea del D.S. 26448, Decreto que ordena a la Unidad de Reordenamiento a patrocinar y defender los procesos judiciales pero no a pagar, ese aspecto corresponde al Tesoro General de la Nación en coordinación con FOPEBA mediante su Liquidador.”
- recurso de
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Iván Campero Villalba, Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7 Q
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- el representante de la UMSA no interpuso recurso alguno,
- Fragmento 18
- III.3
- REVOCA