SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2003-R

Fecha: 09-Abr-2003

y el de obtener pronta resolución sea en forma positiva o negativa, con el fundamento correspondiente

Asimismo, con esta omisión que provocó la incertidumbre de los solicitantes, el Concejo demandado violó los derechos de las comunidades señaladas, a la seguridad jurídica entendida como el “cumplimiento estricto de la ley”, y a la petición consagrado en los arts. 7.h) CPE y 24 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 2 de mayo de 1948, el cual se traduce en “el derecho, capacidad o facultad que tiene toda persona para pedir, individual o colectivamente, ante sus autoridades o representantes, la atención o satisfacción de sus necesidades y requerimientos, o formular ante sus superiores o autoridades, representaciones de resoluciones o actos ilegales o indebidos, y el de obtener pronta resolución sea en forma positiva o negativa, con el fundamento correspondiente, tal como lo ha reconocido este Tribunal en las SSCC 1222/01-R y 366/2002-R,  entre otras.