Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0511/2003-R
Fecha: 16-Abr-2003
a)
a) La suspensión definitiva de las rentas que venia gozando el recurrente no viola sus derechos ni puede ser catalogada como actuación ilegal, toda vez que en base a un informe de la encargada de fusión de rentas se evidenció que éste percibía doble renta básica y complementaria, constatándose tres fechas de nacimientos diferentes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.2 Informe de la recurrida.
- a)
- b)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.6
- II.7
- asegurar la continuidad de los medios de subsistencia de la población a través de los regímenes de la seguridad social
- permiten a la Caja revocar o reducir la prestación concedida con carácter retroactivo, exigir la devolución total de las cantidades indebidamente entregadas e imponer las sanciones correspondientes, conforme disponen los arts. 477 y 595 del indicado Reglamento
- III.2
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6
- REVOCA