SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0511/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0511/2003-R

Fecha: 16-Abr-2003

II.6

II.6    El actor planteó recurso de apelación ante la Comisión Calificadora de Rentas, mediante memorial presentado el 9 de julio de 2002 (fs. 51)  Mediante oficio de 11 de julio de 2002, los recurridos indican al actor que tiene la opción de tramitar su compensación de cotizaciones y acogerse al nuevo sistema de Jubilación en la AFP que corresponda, indicándole que por lo indebidamente percibido debe Bs62.192,06, debiendo apersonarse a la Dirección de Pensiones en el plazo de cinco días para suscribir el convenio de pago, caso contrario, procederán a su cobro mediante el proceso coactivo social (fs. 86).