SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0541/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0541/2003-R

Fecha: 29-Abr-2003

si bien no se trata de la aplicación de una “disposición legal” sino más bien del cumplimiento de una Sentencia Constitucional

            En la especie, si bien no se trata de la aplicación de una “disposición legal” sino más bien del cumplimiento de una Sentencia Constitucional (1044/2002-R), no es menos evidente que  el razonamiento expuesto en  el citado fallo es  perfecta y plenamente adecuado para explicar que en la especie  no existió una “aplicación retroactiva” de la Sentencia 1044/2002-R, de 2 de septiembre, pues al momento de  emitir los  Vocales recurridos el Auto de Vista de 29 de noviembre de 2002,  el Tribunal Constitucional  ya había  pronunciado esa Sentencia y la había publicado, siendo desde ese momento vinculante y obligatoria para todos los poderes públicos, autoridades, y personas en general, razón por la  cual, las autoridades demandadas actuaron en forma correcta al revocar la nulidad de obrados y ordenar la prosecución del proceso penal sobre la base del tantas veces  referido fallo, sin que exista en esa actuación ningún acto ilegal que pueda determinar la procedencia del amparo constitucional.