SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2003

Fecha: 21-May-2003

I.1.1.2

I.1.1.2 Asevera que la aplicación del referido Código, aprobado por Decreto Ley 16896 de 25 de julio de 1979, en lo relativo a la inversión de la prueba   contenida en los arts. 3-h), 66 y 150 CPT, lesiona la facultad privativa del Poder Legislativo de procesar, dictar, abrogar, derogar, modificar e interpretar Códigos y Leyes, de acuerdo a los arts. 29 y 46 a 84 de la Constitución Política del Estado (CPE), por una parte, y por otra -dice- atenta contra el derecho a la igualdad, a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia, a la defensa en juicio y la garantía del debido proceso, así como al derecho de no ser obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no mandan.