Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2003
Fecha: 21-May-2003
I.1.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la Corte.
Planteado el recurso, por decreto de 12 de noviembre de 2002 (fs. 12), se corrió traslado al demandante del proceso social, quien por memorial de 16 de enero (fs. 13 y 14), respondió manifestando que el art. 157 CPE dispone la protección estatal al trabajo y al capital, y que esa disposición ha sido recogida por el Código procesal del trabajo. Solicitó se declare la “improcedencia” del recurso, con una sanción drástica por la temeridad en su planteamiento.
- Mario Víctor Andrade Salmón en representación de “Willbros Transandina” S.A., demandando la inconstitucionalidad de los arts. 3-h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo,
- I.1.1. Relación Sintética del recurso
- I.1.1.1
- I.1.1.2
- I.1.1.3
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la Corte.
- rechazó
- admitió
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “se debe tratar igual a lo igual y desigual a lo desigual”.
- En consecuencia,
- test de igualdad,
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.