SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2003

Fecha: 21-May-2003

III.6.

III.6.  Las disposiciones legales objetadas no disponen tampoco que el empleador “haga lo que la Constitución y las leyes no mandan”, dado que es la propia Ley Fundamental que en su art. 157-I determina que la ley debe regular las relaciones entre el trabajador y el empleador, estableciendo normas de protección a los  trabajadores, siendo una de ellas las reflejadas en los arts. 3-h, 66 y 150 CPT, en virtud de lo que tampoco desde ese punto de vista se constata que  exista conculcación de preceptos constitucionales.