SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0592/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0592/2003-R

Fecha: 06-May-2003

II.3

II.3                                              El Fiscalizador, mediante oficio GRTGR-FISC 205/2002 de 10 de octubre solicita al recurrente remita los descargos correspondientes a la regularización de las Facturas de Exportación bajo el Régimen Simplificado de la República Argentina, amparando el ingreso de mercaderías por la Aduana de Villazón y que se encuentran intervenidas por su Agencia Despachante (fs. 51), efectuando similar petitorio a través de nota GRTGR-FISC 206/2002 de 10 de octubre, con el añadido que se debe regularizar el saldo pendiente de cada factura (fs. 47). Asimismo, mediante nota GRT GR-FISC 207/2002, con idéntica fecha, el indicado funcionario, dando respuesta a la nota FAG 090/2002 de 4 de septiembre presentada por el recurrente, reitera que debe remitir los descargos respecto a la regularización de Facturas de Exportación y que en caso de no contar con los mismos debe proceder al pago de los tributos aduaneros (fs. 43).