Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0592/2003-R
Fecha: 06-May-2003
II.6
II.6 Nuevamente, el Fiscalizador de la Gerencia Regional de Tarija, mediante RA GRT-GR-FISC 002/2002 de 12 de diciembre, sanciona a la Agencia del recurrente con la suma de Bs51.600.- equivalente a 120 salarios mínimos nacionales por “reiterados incumplimientos a instrucciones emanadas de la Aduana Nacional” otorgándole el plazo de 5 días para el pago de la misma y 10 días para la presentación de la documentación extrañada o la cancelación de los tributos pendientes (fs. 29 a 30), que fue impugnada por memorial de 20 de diciembre de 2002 (fs. 27 a 28) y rechazada mediante RA GRT-GR-FISC 001/2003 de 2 de enero de 2003 (fs. 25 a 26).