SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0592/2003-R
Fecha: 06-May-2003
II.4
II.4 Las tres notas fueron recibidas por el recurrente el 14 de febrero de 2002, otorgándole el plazo de 15 para la remisión de la documentación exigida, plazo que atendiendo a la solicitud de aquél es ampliado por 10 días según nota GRT GR-FISC 240/2002 de 1 de noviembre (fs. 42). El Administrador de la Aduana de Villazón, emite la RA VI 151/2002 de 19 de noviembre que sanciona a la Agencia Despachadora de Aduanas del recurrente con Bs. 51.600.- equivalente a 120 salarios mínimos nacionales por incumplimiento a instrucciones emanadas por la Aduana Nacional (fs. 40 a 41), la cual debido a la impugnación realizada por el recurrente mediante memorial de 3 de diciembre de 2002 (fs. 34 a 36) es dejada sin efecto mediante la AV 161/2002 de 11 de diciembre, al haber reconocido su incompetencia (fs. 37).