SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0638/2003- R
Fecha: 09-May-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Que en su condición de médico cirujano empezó a trabajar desde 1998 en diferentes centros de salud y posteriormente se presentó a una convocatoria de concurso de méritos y examen de competencia de regularización externa emitida por el SEDES, el Colegio Médico y el SIRMES, todos de Chuquisaca, habiendo ganado ese concurso y como consecuencia de ello, el 3 de diciembre de 2001, se le otorgó el correspondiente memorando de designación y ratificación como médico de base del Distrito 1 SUCRE. Sin embargo, el 14 de septiembre de 2002, el Jefe de Personal del SEDES-Chuquisaca expidió en su contra un memorando de destitución, en el cual, no firmaba el Director del SEDES, pero el 9 de octubre fue el propio recurrido y el Jefe de Personal quienes suscribieron otro memorando de destitución argumentando que debido al proceso de transformación del Gobierno Departamental, le agradecían sus servicios, por lo que ante semejante atropello acudió al recurrido para que revoque su decisión, hasta que recién el 24 de diciembre de 2002 expidió nota al Prefecto adjuntando un informe de su Asesora Legal en el que sustenta el despido por supuestos errores en las convocatorias, extremo que no puede justificar su destitución y en el caso de que así fuera esos vicios son de responsabilidad de las autoridades que realizaron el proceso de institucionalización y en ningún caso puede perjudicarle para despedirle sin someterles a proceso previo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Ismael Soriano M., Director del Servicio Departamental de Salud “SEDES-Chuquisaca”
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA