Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0638/2003- R
Fecha: 09-May-2003
III.2
III.2 Que, la línea jurisprudencial citada ha reafirmado los principios fundamentales de legalidad y de la seguridad jurídica, lo que implica que los actos y decisiones de las autoridades y funcionarios públicos se rigen bajo el imperio de la Ley que obliga por igual a todos, gobernantes y gobernados; de manera que ninguna autoridad o funcionario público podrá adoptar decisión alguna apartándose de las normas legales que regulan sus funciones así como del asunto o materia puesto a su conocimiento; pues de hacerlo estaría desconociendo el orden jurídico vigente viciando de nulidad sus actos y decisiones.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Ismael Soriano M., Director del Servicio Departamental de Salud “SEDES-Chuquisaca”
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA