Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0638/2003- R
Fecha: 09-May-2003
II.1
II.1 Que, el 28 de septiembre de 2001, el SEDES, el Colegio Médico y el Sindicato de Ramas Médicas de Salud (SIRMES), todos de Chuquisaca, convocaron a profesionales médicos a concurso de méritos y examen de competencia con la modalidad de regularización interna a quienes ingresaron al SEDES Chuquisaca entre el 24 de abril de 1990 al 31 de diciembre de 2000 (fs. 7), resultando ganador el recurrente por lo que mediante memorando de 3 de diciembre de 2001 se le ratificó en el cargo de médico de base del Distrito 1 Sucre con item 25973 (fs. 1).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Ismael Soriano M., Director del Servicio Departamental de Salud “SEDES-Chuquisaca”
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA