Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0638/2003- R
Fecha: 09-May-2003
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera declaró procedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que el recurrente fue destituido de su cargo sin ser sometido a proceso y sin darle oportunidad de defenderse y b) que el recurrente accedió al cargo mediante concurso de méritos y examen de competencia, asumiendo posteriormente la condición de funcionario público por lo que para su despido debió observarse la normativa especial que rige la materia, pero al no observarse la misma se ha incurrido en vulneración de los arts. 7-a), 16-II y IV, 40 y 43 CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Ismael Soriano M., Director del Servicio Departamental de Salud “SEDES-Chuquisaca”
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA