Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0694/2003- R
Fecha: 21-May-2003
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 58 de 26 de marzo de 2003, cursante de fs. 83 a 86, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Inocencio Portal Rivera contra Guillermo Ortega Almazán, Agustín Caihuara Enríquez, Angel Pary Pastrana y María Céspedes Retamozo, Concejales del Municipio de Culpina; alegando la vulneración a los derechos a la defensa, a no ser condenado sin ser oído y juzgado en justo proceso y al debido proceso, consagrados en el art. 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Guillermo Ortega Almazán, Agustín Caihuara Enriquez, Angel Pary Pastrana y María Céspedes Retamozo, Concejales del Municipio de Culpina
- fs. 36 a 37
- improcedente
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- “
- art. 51 de la mencionada Ley
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- APRUEBA