Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0726/2003-R
Fecha: 30-May-2003
II.1
II.1 El 7 de abril de 1995, la Compañía Molinera Río Grande SA representada por su Presidente Gregorio Navarro Quiroga y el Gerente General de la misma Luis Carlos Terán Vincenti, ahora recurrente, suscribieron un Acta de Conciliación en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la CAINCO, acordando entre otros puntos que las divergencias suscitadas serán resueltas por la vía voluntaria ó en su caso por la vía arbitral según las reglas del procedimiento arbitral de dicho Centro, por tres árbitros designados para el efecto, tomando en cuenta el documento privado suscrito en la fecha para ese propósito (fs. 1-2).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- José Zambrana Serrate y Patricia Hurtado de Suarez, Presidente del Consejo Técnico y Directora Ejecutiva del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Industria y Comercio respectivamente y Fernando Gonzales Quintanilla, Alejandro Melgar Pereira y Jorge Asbún Rojas, árbitros designados por el Centro de Conciliación y Arbitraje
- el abogado del Presidente del Consejo Técnico y la Directora Ejecutiva del Centro de Conciliación y arbitraje de CAINCO
- Jorge Asbún y Alejandro Melgar Pereira,
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.8
- II.9
- II.10
- a)
- APROBAR