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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0726/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0726/2003-R

    Fecha: 30-May-2003

    II.3

    II.3        El 22 de diciembre de 2000, el recurrente interpuso excepción de incompetencia y pidió la declinatoria por haberse operado la prescripción, que mediante proveído de 26 de diciembre de 2000, la Directora Ejecutiva del Centro de conciliación y arbitraje de la CAINCO al carecer de facultad para resolverla dispuso sea conocida y resuelta por el Tribunal Arbitral una vez que esté conformado (fs.12 y vta. t 28).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • José Zambrana Serrate y Patricia Hurtado de Suarez, Presidente del Consejo Técnico y Directora Ejecutiva del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Industria y Comercio respectivamente y Fernando Gonzales Quintanilla, Alejandro Melgar Pereira y Jorge Asbún Rojas, árbitros designados por el Centro de Conciliación y Arbitraje
    • el abogado del Presidente del Consejo Técnico y la Directora Ejecutiva del Centro de Conciliación y arbitraje de CAINCO
    • Jorge Asbún y Alejandro Melgar Pereira,
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • II.6
    • II.8
    • II.9
    • II.10
    • a)
    • APROBAR

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