Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0726/2003-R
Fecha: 30-May-2003
II.2
II.2 Ante la demanda arbitral interpuesta por Juan Pablo Navarro Wieler en representación de la empresa molinera “Río Grande SA” contra el recurrente, por providencia de 13 de diciembre de 2000, la Directora Ejecutiva del Centro de Conciliación y Arbitraje de la CAINCO admitió la demanda y convocó a las partes a proceder a la designación de los árbitros de la nómina oficial de esa entidad (fs.9); habiendo sido notificado el actor con ese proveído en forma personal el 15 de diciembre de 2000 (fs. 11).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- José Zambrana Serrate y Patricia Hurtado de Suarez, Presidente del Consejo Técnico y Directora Ejecutiva del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Industria y Comercio respectivamente y Fernando Gonzales Quintanilla, Alejandro Melgar Pereira y Jorge Asbún Rojas, árbitros designados por el Centro de Conciliación y Arbitraje
- el abogado del Presidente del Consejo Técnico y la Directora Ejecutiva del Centro de Conciliación y arbitraje de CAINCO
- Jorge Asbún y Alejandro Melgar Pereira,
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.8
- II.9
- II.10
- a)
- APROBAR