SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/03
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/03

Fecha: 30-Jun-2003

d)

d)  Agrega que el plazo probatorio feneció el 22 de enero de 2003 y desde entonces comenzó a correr el término de 15 días para dictar el Laudo Arbitral, que concluyó el 6 de febrero, pero recién el 24 de ese mes se pronunció la resolución, sin competencia ni jurisdicción sobre la base de una “ampliación de plazo” determinada unilateralmente por el Director  Nacional del Trabajo cuatro días después que el merituado Tribunal perdió competencia. COTEL, por la carencia de competencia del tribunal arbitral, no asistió a la reunión de lectura del Laudo, realizada el 24 de febrero de 2003.