Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0805/2003-R
Fecha: 13-Jun-2003
II.5
II.5 El 16 de abril de 2002, la recurrente formuló recurso de reposición con alternativa de apelación contra el auto anterior (fs. 659), el cual, previo traslado, fue resuelto por la Jueza recurrida mediante Auto de 20 de abril de 2002, rechazando el recurso de reposición al no proceder el mismo en ejecución de sentencia, concediendo la apelación planteada alternativamente (fs. 666 vta.-666).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- mediante informe escrito
- improcedente
- I.3 Trámite ante el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Sobre la aplicación de medidas psico-socio-pedagógicas a los menores de edad.-
- III.2 Fines de las medidas psico-socio-pedagógicas previstas en la legislación del menor.-
- III.4 Imposibilidad de trasponer el instituto del perdón judicial al ámbito de las consecuencias jurídicas previstas en la legislación del menor.-
- REVOCAR