Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0828/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el presente amparo los recurrentes alegan que el Gerente Regional de GRACO-Santa Cruz ordenó la retención y remisión de fondos de las cuentas bancarias de la empresa “Roda” y de su representante Walter Roda Vaca dentro de la cobranza coactiva que les sigue, pero el Banco “Mercantil” S.A. ha retenido y remitido los fondos de las cuentas que, en forma conjunta, tienen con el nombrado, sin que exista ninguna relación entre ellos y la empresa deudora, lo que -a decir suyo- es ilegal, les ocasiona grandes perjuicios y vulnera sus derechos. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela que buscan los actores.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- analogía
- Así, cualquier acto de la administración tributaria en general puede ser impugnado por la persona que se considera afectada, a través de los recursos de revocatoria y jerárquico, en el marco del derecho de defensa de todo ser humano, reconocido en la previsión del art. 16-IV CPE”
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA