Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0915/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
1.3. Trámite procesal en el Tribunal
Que en uso de la facultad reconocida por el art. 2 de la Ley 1979, de 24 de mayo de 1999, este Tribunal por Acuerdo Jurisdiccional 76/03, de 12 de junio de 2003, resolvió ampliar el plazo procesal por la mitad del término, cuyo nuevo vencimiento es el 9 de julio de 2003; por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- a)
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- REVOCAR en parte