Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0915/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
II.3
II.3 Por Auto de 5 de diciembre de 2002, el Tribunal Administrativo de ECOBOL, conformado por Erick Miranda Roncal, Mario Lino Quiroga y Leonor Flores, dispuso que el Tribunal Sumariante se inhiba de conocer el recurso de apelación contra el informe en conclusiones por no constituir Resolución que cause estado y por no estar previsto el recurso de apelación en su contra, por lo que en aplicación al art. 18 del DS 26237 de 29 de junio de 2001, determinó instaurar proceso administrativo interno contra las recurrentes por incumplimiento a normas reglamentarias de la institución, del régimen aduanero y del Código Penal (fs. 150).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- a)
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- REVOCAR en parte