Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1072/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
II.7. Mediante memoriales presentados en 28 y 30 de abril de 2003
II.7. Mediante memoriales presentados en 28 y 30 de abril de 2003 (fs. 115 a 120), el recurrente denunció ante el Consejo de Desarrollo Institucional el no pago de haberes devengados, solicitó el cumplimiento de contrato suscrito con la UPEA y la restitución del mobiliario de su oficina particular, con los mismos argumentos de su demanda de amparo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7. Mediante memoriales presentados en 28 y 30 de abril de 2003
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- sin esperar la respuesta que podría darle la aludida instancia superior de la UPEA,
- III.3.
- Universidades Públicas,
- III.4.