SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1072/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1072/2003-R

Fecha: 29-Jul-2003

Universidades Públicas,

            En el caso estudiado, el recurrente pretende que por la vía del amparo  constitucional se le restituya el puesto de trabajo que tenía, denunciando un ilegal despido efectuado por el Rector de la UPEA, la falta de pago de sus sueldos. Empero, tales aspectos deben ser conocidos y resueltos en la judicatura laboral y no en este recurso extraordinario y subsidiario, pues el actor se encuentra inmerso en el régimen laboral de la Ley General del Trabajo y disposiciones conexas,  toda vez que la Ley del Estatuto del Funcionario Público en su art. 3-III dispone que las carreras administrativas en los Gobiernos Municipales, Universidades Públicas, Escalafón Judicial del Poder Judicial, Carrera Fiscal del Ministerio Público, Servicio Exterior y Escalafón Diplomático, Magisterio Público, Servicio de Salud Pública y Seguridad Social, se regularán por su legislación especial aplicable en el marco establecido en dicho Estatuto, en virtud de lo que le corresponde acudir ante la señalada instancia judicial en defensa de los derechos que consideran vulnerados, no pudiendo utilizar el amparo como sustitutivo de esa vía que tiene expedita.