Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1141/2003- R
Fecha: 12-Ago-2003
II.3.3
II.3.3 Que, ante la solicitud del recurrente Francisco J. Cortez Aguilar, de que se mantenga su detención en el Penal de San Pedro, el recurrido por decreto de 6 de mayo dispuso estarse a la referida Resolución (fs. 317 y vta.). Ante esta negativa, los co-recurrentes, en la misma fecha interpusieron apelación contra la decisión de su detención en el Penal referido, invocando la aplicación del art. 237 CPP (fs. 512). En este mismo sentido, ratificaron su recurso, empero ampliando en lo relativo a que por disposición del art. 7 CPP, las medidas cautelares deben ser aplicadas de manera restrictiva dado que por mandato del art. 6 CPP, debía presumirse su inocencia (fs. 513).
- Francisco José Cortes Aguilar, Claudio Ramírez Cuevas, Carmelo Peñaranda Rosas, Nelly Ramírez Nina y Betty Nina Díaz
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- pese a que en audiencia de medidas cautelares invocaron los arts. 1, 6, 7, 221 y 222 CPP y 9-II CPE
- I.2.1
- por lo que solicitan se les otorgue su libertad, dado que no existen los requisitos para su detención preventiva
- a)
- improcedente
- (fs. 51 - 52),
- (fs. 549)
- II.1
- II.2
- II.2.1
- II.2.2
- II.3
- II.3.1
- II.3.2
- II.3.3
- II.3.4
- El derecho a la Libertad Física
- La garantía al derecho a la libertad física
- La restricción al ejercicio del derecho a la libertad física
- Las condiciones de validez legal para la restricción al ejercicio del derecho a la libertad física
- , ignorando que la fundamentación constituye un conjunto articulado de hechos que permiten inferir de manera objetiva que la persona imputada es probablemente autora de una infracción o partícipe de la misma y que existe riesgo de fuga y/u obstaculización de la averiguación de la verdad, y sólo cuando se han fundamentado debidamente estas dos situaciones, se puede disponer la detención preventiva
- La concurrencia de las condiciones de validez legal para la aplicación de la medida cautelar de carácter personal
- Inadecuada fundamentación de la decisión judicial que aplica la medida cautelar de carácter personal.
- III.3 Lugar de cumplimiento de la medida cautelar de carácter personal.
- III.4
- III.5
- III.6
- REVOCA