SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2003- R

Fecha: 25-Ago-2003

I.2.1

La recurrente mediante su abogado ratificó los fundamentos del recurso y los amplió indicando que la Jueza Cautelar ordenó un mandamiento de allanamiento ultra petita en la resolución de 1 de julio, dado que la solicitud de allanamiento señala calle Aniceto Arce s/n entre Bolívar y Mariscal Santa Cruz, pero el mandamiento otorgaba facultad para allanar el domicilio ubicado en la calle Mariscal Santa Cruz entre Bolívar y Aniceto Arce, en consecuencia allanaron otro domicilio de forma ilegal; sin embargo posteriormente se denuncia que el mandamiento era para el domicilio de propiedad de Ivar Vidaurre ubicado en la calle Aniceto Arce, pero que se allanó el domicilio de Efraín Vidaurre, que está ubicado en la calle Mariscal Santa Cruz entre calles Aniceto Arce y Belgrano. Que, aparte de ello, el Ministerio Público no demostró la concurrencia de los requisitos exigidos por el art. 233 CPP, en cambió ella si demostró que no concurrían los mismos, así como también violó el art. 230 CPP, dado que la aprehendió con el pretexto de existir flagrancia, sin haber un requerimiento debidamente fundamentado.

Respecto a la co-recurrida Jueza, señaló que habiendo sido detenida el 01 de julio de 2003 a hrs. 14:30, debió haberse resuelto su situación dentro de las 24 horas; sin embargo, no se procedió de tal forma, pues se fijó audiencia para el día siguiente a horas 15:00. Que esta autoridad tampoco dio curso a la suspensión de la citada audiencia, por la interposición del presente recurso, con lo que violó  “los principios al debido proceso y de una única resolución”, así como también el art. 226 CPP, en su tercer parágrafo.