SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2003- R

Fecha: 25-Ago-2003

improcedente

Concluida la audiencia, el Juez del hábeas corpus, declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) que “la recurrente fue sorprendida en posesión de cocaína; ese hecho configura tráfico ilícito en concepto del art. 33 inc. m) de la Ley 1008 y, por tanto, cae dentro el art. 230 del Código de Pdto. Penal” y al existir esta circunstancia, incluso un particular sin ninguna orden judicial puede aprehender de acuerdo a lo prescrito en el art. 10 CPE, 69, 70, 229, 293 y 295-5) CPP, por lo que no le era exigible a la Fiscal cumplir con lo dispuesto en el art. 73 CPE, que no está referido a situaciones de excepción y b) que la recurrente fue puesta a disposición de la Jueza co-recurrida, dentro del plazo de las 24 horas, habiendo ella resuelto sobre la aplicación dentro de otro plazo igual como le impone el art. 132-1) CPP.