SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2003- R
Fecha: 25-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que la recurrente solicita tutela a sus derechos a la libertad física, a la seguridad jurídica y al debido proceso, consagrados en los arts. 6-II, 7-a) y 16 CPE, denunciando que han sido vulnerados por las recurridas, dado que la Fiscal recurrida ejecutando un mandamiento que fue expedido para otro domicilio, ingresó a su domicilio y con la excusa de existir flagrancia procedió a aprehenderla y por su parte, la Jueza co-recurrida, realizó la audiencia de medida cautelar después de las 24 horas de su aprehensión, y sin que concurran los requisitos exigidos en el art. 233 CPP ordenó su detención y además se negó a suspender la audiencia aún conociendo del recurso planteado. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Juez de hábeas corpus corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Mirtha Arce Camacho, Fiscal Adjunta de Sustancias Controladas y María Isabel Sosa de Torres, Jueza Cautelar de Bermejo
- I.2.1
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.3.1
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- “
- “III.3
- “III.4
- III.2
- III.5
- III.6
- “La restricción al ejercicio del derecho a la libertad física
- Las condiciones de validez legal para la restricción al ejercicio del derecho a la libertad física
- III.7
- APRUEBA en parte