SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2003- R

Fecha: 25-Ago-2003

III.1

III.1 Que, sobre la facultad del Ministerio Público en su función de dirección de las investigaciones ya sea por denuncia o de oficio, recogiendo y ampliando la jurisprudencia sentada en la SC 1493/2002-R, este Tribunal refiriéndose en términos generales a dicha función y, en concreto luego al art. 226 CPP, en la SC 1508/2002-R, ha dejado establecido lo siguiente:

“III.1. Que la SC 1036/2002-R de 29 de agosto, ha entendido que la concepción política criminal  bajo la que se han configurado los más recientes códigos procesales penales de nuestro entorno, entre ellos el boliviano, es la de propugnar el equilibrio entre la búsqueda de la eficacia en las tareas de defensa social y la salvaguarda de los derechos y garantías del imputado; entendimiento este que guarda compatibilidad con las directrices constitucionales establecidas sobre la materia (art. 16 y 124 y ss CPE).”