SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1395/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1395/2003-R

Fecha: 26-Sep-2003

b)

b)  La recurrida con la facultad que le confiere el art. 250 CPP y en aplicación de la jurisprudencia que establece la imposibilidad de aplicar doble fianza determinó imponer al imputado sólo la fianza económica anteriormente dispuesta por el Tribunal de apelación, dejando sin efecto la de carácter personal; asimismo modificó el plazo para la presentación del imputado ante la autoridad jurisdiccional debido a su reiterado incumplimiento, no pudiendo otorgarse la tutela solicitada por no existir vulneración de las normas legales.