SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1395/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1395/2003-R

Fecha: 26-Sep-2003

II.6

II.6   En la audiencia de 5 de agosto de 2003 (fs. 37-38), la Jueza recurrida recalificó la fianza impuesta por Auto de Vista de 15 de octubre de 2002, imponiendo únicamente la fianza económica de Bs10.000.-, dejando sin efecto la fianza personal, fundándose en el hecho de que la fianza personal y la económica no pueden ser impuestas de manera conjunta, además el recurrente no compareció en forma regular a suscribir el libro de control, señalando audiencia para el ofrecimiento de la fianza para el 13 de agosto de 2003, a hrs. 16:00. Esta resolución fue apelada por el recurrente (fs. 39), pero el recurso no fue elevado ante el superior en grado al no haberse provisto los recaudos de ley por el actor (fs. 18).