Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
1.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
Con la réplica señaló que en virtud del contrato suscrito entre los asesores pedagógicos y el Ministerio de Educación, los becarios adquirieron el compromiso de trabajar con la Secretaría Nacional de Educación por un periodo mínimo de cinco años consecutivos, lo que significa que este contrato ya no está vigente, consecuentemente el actor estaba habilitado para postular a una dirección de unidad educativa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- 1.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- I.3 Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3.
- II.4. En el informe de 18 de febrero de 2003
- II.5.
- memorial presentado el 12 de marzo de 2003
- II.6.
- II.7. El recurrente estuvo desempeñándose como Asesor Pedagógico en el Distrito de Potosí desde el año 1996 hasta el mes de abril de 2003, en que se rescindió su contrato,
- II.8.
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.