Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
II.9
II.9. Por requerimientos fiscales de 29 y 30 de mayo de 2003, dirigidos al Director Distrital del Municipio de Potosí y a la Dirección de Desarrollo Social de la Prefectura del Departamento, el Fiscal de Materia Adjunto y el Fiscal de Materia, respectivamente, dispusieron hacer efectivo el ejercicio del cargo obtenido por el recurrente como director de la unidad educativa “Divino Maestro” (fs. 33 y 36).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- 1.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- I.3 Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3.
- II.4. En el informe de 18 de febrero de 2003
- II.5.
- memorial presentado el 12 de marzo de 2003
- II.6.
- II.7. El recurrente estuvo desempeñándose como Asesor Pedagógico en el Distrito de Potosí desde el año 1996 hasta el mes de abril de 2003, en que se rescindió su contrato,
- II.8.
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.